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FOLIO 1 }111
BAN(QoEt\ÉXICO
COMITÉ DE TRANSPARENCIA
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA 22/2019 DEL 11 DE JUNIO DE 2019
En la Ciudad de México, a las trece horas del once de junio de dos mil diecinueve, en el edificio ubicado en avenida Cinco de Mayo, número veinte, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, se reunieron María Teresa Muñoz Arámburu, Titular de la Unidad de Transparencia; Erik Mauricio Sánchez Medina, Director Jurídico, y Víctor Manuel De La Luz Puebla, Director de Seguridad y Organización de la Información, todos integrantes del Comité de Transparencia del Banco de México, así como Rodrigo Villa Collins, Gerente de Análisis y Promoción de Transparencia, en su carácter de Secretario de este ó rgano colegiado.-------------También estuvieron presentes, como invitados de este Comité, en términos de los artículos 4o. y 31, fracción XIV, del Reglamento Interior del Banco de México (RIBM), así como la Tercera, de las Reglas de Operación del Comité de Tra nsparencia del Banco de México, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el dos de junio de dos mil dieciséis, (Reglas), las personas que se indican en la lista de asistencia que se adjunta a la presente como ANEXO "A", quienes también son servidores públicos del Banco de México. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------A I estar presentes los integrantes mencionados, quien ejerce en este acto las funciones de Secretariado del Comité de Transparencia manifestó que existe quórum para la celebración de la presente sesión, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP); 64, párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP); 83 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO); 4o. del RIBM; así como Quinta, párrafo primero, inciso d}, y Sexta, párrafo primero, inciso b), de las Reglas . Por lo anterior, se procedió en los términos siguientes:----------------------APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. -----------------------------------------------------------------------------------------Quien ejerce en este acto las funciones de Secretariado del Comité de Tra nsparencia, sometió a consideración de los integrantes presentes de ese órgano colegiado el documento que contiene el orden de I dí a . --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Este Comité de Transparencia del Banco de México, con fundamento en los artículos 43, párrafo segundo, 44, fracción IX, de la LGTAIP; 64, párrafo segundo; 65, fracción IX, de la LFTAIP; 83 de la LGPDPPSO; 4o. y 31, fracciones 111 y XX, del RIBM, y Quinta, de las Reglas, por unanimidad, aprobó el orden del día en los términos del documento que se adjunta a la presente como ANEXO "B" y procedió a su desahogo, co nf o rm e a lo siguiente: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------ÚNICO. SOLICITUD DE CONFIRMACIÓN DE INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN, REALIZADA POR EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ESTUDIOS ECONÓMICOS DEL BANCO DE MÉXICO, RELACIONADA CON LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CON FOLIO 6110000005619, ASÍ COMO CON EL RECURSO DE REVISIÓN R RA 27 03 / 19. ------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------Quien ejerce en este acto las funciones de Secretariado dio lectura al oficio de fecha siete de junio de dos mil diecinueve, suscrito por el titular de la Dirección de Estudios Económicos del Banco de México, el cual se agrega a la presente acta como ANEXO "C", por medio del cual solicitó a este Comité de Transparencia (onfirmar la declaración de inexistencia de la información que se señala en el citado oficio, en vi rtud de los motivos expuestos en dicho o fi cío.----------------------------------------------------------------------------------------
\ ~s de un amplio intercambio de opiniones, se resolvió lo siguiente:-----------------------------------------/\ Único. ,1 Comité de Transparencia del Banco de México, por unanimidad de sus integ rantes, con
\ fundamento en los artículos 1, 23, 43, 44, fracción 11, 138 y 139, de la LGTAIP; 1, 9, 64, 65 fracción 11, 141,
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
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FOLIO 2 })~1
BANC0°,f'\ÉXICO
fracción 11, y 143, de la LFTAIP; 31, fracción 111, del RIBM; y Vigésimo séptimo de los "Lineamientos que establecen los procedimientos internos de atención a solicitudes de acceso a la información pública", vigentes, resolvió confirmar la declaración de inexistencia de la información realizada por la unidad administrativa citada, confo rme a los términos expresados en el oficio respectivo, así como de la resolución que se agrega al apéndice de la presente acta como ANEXO "D".--------------------------------------AI no haber más asuntos que tratar, se dio por terminada la sesión, en la misma fecha y lugar de su celebración. La presente acta se firma por los integrantes presentes del Comité de Transparencia, así como por quien ejerce en este acto las funciones de Secretariado. Conste.------------------------------------------------
Integrante
COMITÉ DE TRANSPARENCIA
Xn /Jc~~'I f. { oo~ O VILLA COLLINS
Secretario
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
EBLA
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BANCO DE l"\[XICO
LISTA DE ASISTENCIA
SESIÓN ORDINARIA 22/2019
11 DE JUNIO DE 2019
COMITÉ DE TRANSPARENCIA
MARÍA TERESA MUÑOZ ARÁMBURU
Directora de la Unidad de Transparencia.
ERIK MAURICIO SÁNCHEZ MEDINA
Director Jurídico.
VICTOR MANUEL DE LA LUZ PUEBLA
Director de Seguridad y Organización de la
Información.
CARLOS EDUARDO CICERO LEBRIJA
Gerente de Gestión de Transparencia.
ENRIQUE ALCÁNTAR MENDOZA
Abogado Especialista nivel Gerente.
JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ MANCILLA
Gerente de Organización de la Información.
RODRIGO VILLA COLLINS Secretario del Comité de Transparencia.
SERGIO ZAMBRANO HERRERA Subgerente de Análisis Jurídico y Promoción de
Transparencia.
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
SESIÓN ORDINARIA 22/2019
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ANEXO "A"
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BAN(QoE r\[XI( O
INVITADOS PERMANENTES
OSCAR JORGE DURÁN DÍAZ
Dirección de Vinculación Institucional y Comunicación .
FRANCISCO CHAMÚ MORALES
Director de Administración de Riesgos.
INVITADOS
RODRIGO MÉNDEZ PRECIADO
Gerente de Enlace Institucional y Relaciones Públicas.
EDGAR MIGUEL SALAS ORTEGA
Gerente Jurídico Consultivo.
JONATHAN NAVARRO VILLEGAS
Abogado en Jefe en la Subgerencia de Apoyo Jurídico
a la Transparencia.
MARGARITA LISSETE PONCE GUARNEROS
Gerente de Riesgos No Financieros.
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
SESIÓN ORDINARIA 22/2019
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Jl~J. BAN(Oorf'\ÉX!CO CARLOS ALBERTO ARIAS VÁZQUEZ
Subgerente de Seguimiento de Riesgos y Continuidad
Operativa.
MARTHA MARISOL CAPILLA GUTIÉRREZ
Subgerente de Identificación y Evaluación de Riesgos
Operativos.
JOSÉ GABRIEL CUADRA GARCÍA
Director de Estudios Económicos
GERARDO ANTONIO AVILEZ ALONSO
Gerente de Sistemas de Información Económica
ANDRÉS FLORES GRANADOS
Subgerente Técnico
MARÍA DEL ROCÍO RAQUEL ELIZONDO CAMEJO
Investigadora Económica
ELIZABETH CASILLAS TREJO Subgerente de Gestión de Obligaciones de Transparencia y Solicitudes de Información
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
SESIÓN ORDINARIA 22/2019
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JI~! BANC0°E f'\ÉXICO HÉCTOR GARCÍA MONDRAGÓN
Jefe de la Ofic ina de Análisis Jurídico y Promoción de Transparencia
"2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata"
SESIÓN ORDINARIA 22/2019
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“2019, Año del Caudillo del Sur, Emiliano Zapata”
COMITÉ DE TRANSPARENCIA
ORDEN DEL DÍA
Sesión Ordinaria 22/2019 11 de junio de 2019
ÚNICO. SOLICITUD DE CONFIRMACIÓN DE INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN, REALIZADA POR EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ESTUDIOS ECONÓMICOS DEL BANCO DE MÉXICO, RELACIONADA CON LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CON FOLIO 6110000005619, ASÍ COMO CON EL RECURSO DE REVISIÓN RRA 2703/19.
ANEXO "B"
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1B BANCOocf'\ÉXICO Ciudad de México, a 7 de junio de 2019
COMITÉ DE TRANSPARENCIA Presente
Me refiero a la solicitud de acceso a la información con folio 6110000005619, que se transcribe a continuación:
Descripción: "Documento en el que conste el dato o la proyección de la tasa de Interés lnterbancaria en diciembre de 2019, 2020, 2021 y 2022"
Datos adicionales: "es el documento que se elabora y se presenta a la Junta de Gobierno"
Sobre el particular, con motivo de la atención del recurso de revisión RRA 2703/19, promovido en contra de la respuesta emitida por este Banco Central de fecha 11 de marzo de 2019, nos permitimos hacer de su conocimiento lo siguiente:
l. Mediante oficio del 1 de marzo del presente aí'lo, esta unidad administrativa hizo del conocimiento de ese Comité de Transparencia su determinación de clasificar la información relativa a "la proyección de la tasa de interés interbancaria en diciembre de 2019, 2020, 2021 y 2022", en los términos de la fundamentación y motivación señaladas en la prueba de daño adjunta a dicho oficio, y solicitó confirmar dicha clasificación por el plazo de 5 aí'los. Dicha clasificación fue confirmada por ese órgano colegiado en resolución emitida en su sesión ordinaria 10/2019, de fecha 7 de marzo del año en curso.
2. Si bien los fundamentos y motivos expuestos en la prueba de daño referida para sustentar dicha clasificación son los procedentes, el periodo al que corresponde la información clasificada es exclusivamente a los años 2019 y 2020, por tratarse de la única información con la que el Banco de México cuenta hasta este momento. Lo anterior, en virtud de la revisión efectuada por esta unidad administrativa durante la atención del referido recurso de revisión.
3. En ese sentido, y en términos de lo dispuesto en los artículos 19, 20, 44, fracción 11, 138, y 139 de la ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 13, 65, fracción 11, 141, y 143 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 4o., párrafo primero, 80., párrafos primero, segundo y tercero, 10, párrafo primero, 13 y 21 del Reglamento Interior del Banco de México; así como Primero, párrafo primero, Segundo, fracción V, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, me permito informarles que esta Unidad Administrativa ha determinado declarar la inexistencia de la información relativa a la proyección de la tasa de interés interbancaria respecto de los af\os 2021 y 2022.
Lo anterior, en razón de lo siguiente:
a) Los artículos 139 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 143 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establecen que la resolución del Comité de Transparencia que confirme la inexistencia de la información solicitada contendrá los elementos mínimos que permitan al solicitante tener la certeza de que se utilizó un criterio de búsqueda exhaustivo, además de señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que generaron la inexistencia en cuestión y señalará al servidor público responsable de contar con la misma.
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ANEXO "C"
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1a .BANCOoci'\ÉXJCO b) En cumplimiento al citado precepto, con objeto de garantizar al solicitante que se realizaron
las gestiones necesarias para la ubicación de la información y que estas se llevaron a cabo de conformidad con un criterio exhaustivo y fueron adecuadas para atender la particularidad del caso concreto, la Unidad de Transparencia nos turnó en su momento la solicitud en razón de que conforme a lo previsto en los artículos 13 y 21 del Reglamento Interior del Banco de México, esta unidad administrativa está facultada, entre otras cosas, para procesar información relacionada con las principales variables económicas y financieras del país.
c) En este sentido, se llevó a cabo la revisión total y exhaustiva de los archivos documentales físicos y electrónicos de la Dirección General de Investigación Económica, y particularmente los de la Dirección de Estudios Económicos, sin haberse encontrado información alguna relativa a la proyección de la tasa de interés interbancaria respecto de los años 2021 y 2022, encontrando únicamente la información correspondiente a los años 2019 y 2020.
Por lo que respecta a las circunstancias de tiempo, modo y lugar que generaron la inexistencia en cuestión, y como se ha mencionado anteriormente, es una práctica común presentar las proyecciones sobre la inflación y el crecimiento económico, en un horizonte de 2 años que se ha seguido en el Banco de México desde el Informe sobre la Inflación Julio-Septiembre 2007. Lo anterior, sin perjuicio de que la normatividad aplicable al Banco de México no establece la obligación de elaborar las proyecciones solicitadas para algún periodo superior al de dos años. Lo antes expuesto, coincide con lo manifestado en el acta levantada por el personal de la ponencia a cargo de la sustanciación del recurso de revisión citado, con motivo de la Diligencia de Acceso a la Información, llevada a cabo el 21 de mayo de 2019, y que en la parte conducente refiere, lo siguiente:
" ... se da cuenta que se tuvo acceso a las proyecciones de la tasa de interés interbancaria, para el periodo de 2019 y 2020 elaboradas por el sujeto obligado, lo anterior, toda vez que, paro el periodo 2021 y 2022, no existe dicha proyección, ya que se genera para un horizonte de dos años ... "
Conforme a lo expuesto, y toda vez que el marco normativo no establece realizar la proyección de la tasa de interés interbancaria respecto de los años de 2021 y 2022, no existe servidor público responsable de contar con la misma.
En atención a las consideraciones anteriores, concurren los elementos necesarios que acreditan de manera clara y evidente la inexistencia de la información contenida en la documentación solicitada.
Por lo expuesto, en términos de los artículos 44, fracción 11, 138 y 139 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 65, fracción 11, 141 y 143, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y 31, fracción 111, del Reglamento Interior del Banco de México, atentamente solicito a ese Comité de Transparencia confirmar la declaración de inexistencia de la información señalada en el presente oficio, que llevó a cabo esta unidad administrativa.
BANCQot AÉ.XICO
RECIBIDO
O 7 JUN 2019
Comité die Transparencia
A t e n t a m e n t e,
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BAN(QoEJ'\txICO
CONSIDERANDO
PRIMERO. Este Comité de Transparencia es competente para confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las unidades administrativas del Banco de México, de conformidad con lo previsto en los artículos 44, fracción 11, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP); 65, fracción 11, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP); y 31, fracción 111, del Reglamento Interior del Banco de México (RIBM).
SEGUNDO. En términos de los artículos 139 de la LGTAIP y 143 de la LFTAIP, este Comité verificó que la declaración de inexistencia contiene los elementos mínimos que permiten tener la certeza de que se utilizó un criterio de búsqueda exhaustivo, además de señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que generaron la inexistencia en cuestión y señala que no hay servidor público responsable de contar con la misma, manifestaciones que se tienen aquí por reproducidas en obvio de repeticiones innecesarias.
Este órgano colegiado es t ima que concurren los elementos necesarios para acreditar la inexistencia referida.
Por lo anterior, y de conformidad con los artículos 44, fracción 11, 138, fracción 11, y 139, de la LGTAIP; 65, fracción 11, 141, fracción 11, y 143, de la LFTAIP; 4o., párrafo primero, 80., párrafos primero, segundo y tercero, 10, párrafo primero, y 31, fracción 111, del RIBM, este Comité de Transparencia confirma la declaración de inexistencia realizada por la unidad administrativa correspondiente.
En consecuencia y por lo expuesto, con fundamento en los artículos, 44, fracción 11, 138, fracción II y 139, de la LGTAIP; 65, fracción 11, 102, párrafo primero, 140, párrafo segundo, fracción 11, y 143, de la LFTAIP; 31, fracción 111, del RIBM; y Quinta de las Reglas de Operación del Comité de Transparencia del Banco de México, este órgano colegiado :
RESUELVE
ÚNICO. Se confirma la declaración de inexistencia de la información realizada mediante el referido oficio de siete de junio de dos mil diecinueve, en relación con la información señalada en el mismo, en términos de lo expuesto en el considerando Segundo de la presente determinación.
Así lo resolvió, por unanimidad de sus integrantes presentes, el Comité de Transparencia del Banco de México, en sesión celebrada el once de junio de dos mil diecinueve. -----------------------------------------------------------------
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Integrante
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20190611 Acta Ord 2220190611 Acta Ord 2220190611 Acta Ord 22Of inex 6110000005619 (RRA 2703-19)Resolución inexistencia 6110000005619 (RRA 2703-19)
ORDEN DEL DÍA 22-2019
Lista de asistencia 22-2019